Artículo Único. Se expide la Ley General de Partidos Políticos...
Artículo 1. 1. La presente Ley es de orden público...
Artículo 2. 1. Son derechos político-electorales de los ciudadanos mexicanos,...
Artículo 3. 1. Los partidos políticos son entidades de interés...
Artículo 4. 1. Para los efectos de esta Ley, se...
Artículo 5. 1. La aplicación de esta Ley corresponde, en...
Artículo 6. 1. En lo no previsto por esta Ley...
Artículo 7. 1. Corresponden al Instituto, las atribuciones siguientes: a)...
Artículo 8. 1. El Instituto contará con los recursos presupuestarios,...
Artículo 9. 1. Corresponden a los Organismos Públicos Locales, las...
Artículo 10. 1. Las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse...
Artículo 11. 1. La organización de ciudadanos que pretenda constituirse...
Artículo 12. 1. Para la constitución de un partido político...
Artículo 13. 1. Para el caso de las organizaciones de...
Artículo 14. 1. El costo de las certificaciones requeridas será...
Artículo 15. 1. Una vez realizados los actos relativos al...
Artículo 16. 1. El Instituto, al conocer la solicitud de...
Artículo 17. 1. El Organismo Público Local que corresponda, conocerá...
Artículo 18. 1. Para los efectos de lo dispuesto en...
Artículo 19. 1. El Instituto o el Organismo Público Local...
Artículo 20. 1. Las agrupaciones políticas nacionales son formas de...
Artículo 21. 1. Las agrupaciones políticas nacionales sólo podrán participar...
Artículo 22. 1. Para obtener el registro como agrupación política...
Artículo 23. 1. Son derechos de los partidos políticos: a)...
Artículo 24. 1. No podrán actuar como representantes de los...
Artículo 25. 1. Son obligaciones de los partidos políticos: a)...
Artículo 26. 1. Son prerrogativas de los partidos políticos: a)...
Artículo 27. 1. Las disposiciones del presente Capítulo son de...
Artículo 28. 1. Toda persona tiene derecho a acceder a...
Artículo 29. 1. Los partidos políticos deberán contemplar en sus...
Artículo 30. 1. Se considera información pública de los partidos...
Artículo 31. 1. Se considerará reservada la información relativa a...
Artículo 32. 1. Los partidos políticos deberán mantener actualizada la...
Artículo 33. 1. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en...
Artículo 34. 1. Para los efectos de lo dispuesto en...
Artículo 35. 1. Los documentos básicos de los partidos políticos...
Artículo 36 1. Para la declaratoria de procedencia constitucional y...
Artículo 37. 1. La declaración de principios contendrá, por lo...
Artículo 38. 1. El programa de acción determinará las medidas...
Artículo 39. 1. Los estatutos establecerán: a) La denominación del...
Artículo 40. 1. Los partidos políticos podrán establecer en sus...
Artículo 41. 1. Los estatutos de los partidos políticos establecerán...
Artículo 42. 1. El Instituto verificará que una misma persona...
Artículo 43. 1. Entre los órganos internos de los partidos...
Artículo 44. 1. Los procedimientos internos para la integración de...
Artículo 45. 1. Los partidos políticos podrán solicitar al Instituto...
Artículo 46. 1. Los partidos políticos establecerán procedimientos de justicia...
Artículo 47. 1. El órgano de decisión colegiada a que...
Artículo 48. 1. El sistema de justicia interna de los...
Artículo 49. 1. Conforme a lo señalado en el artículo...
Artículo 50. 1. Los partidos políticos tienen derecho a recibir,...
Artículo 51. 1. Los partidos políticos tendrán derecho al financiamiento...
Artículo 52. 1. Para que un partido político nacional cuente...
Artículo 53. 1. Además de lo establecido en el Capítulo...
Artículo 54. 1. No podrán realizar aportaciones o donativos a...
Artículo 55. 1. Los partidos políticos no podrán recibir aportaciones...
Artículo 56. 1. El financiamiento que no provenga del erario...
Artículo 57. 1. Los partidos políticos podrán establecer en instituciones...
Artículo 58. 1. El Consejo General del Instituto a través...
Artículo 59. 1. Cada partido político será responsable de su...
Artículo 60. 1. El sistema de contabilidad al que los...
Artículo 61. 1. En cuanto a su régimen financiero, los...
Artículo 62. 1. El Consejo General del Instituto comprobará el...
Artículo 63. 1. Los gastos que realicen los partidos políticos,...
Artículo 64. 1. Los partidos políticos pueden optar por realizar...
Artículo 65. 1. El Instituto emitirá los lineamientos para asegurar...
Artículo 66. 1. Los partidos políticos nacionales no son sujetos...
Artículo 67. 1. Los supuestos a que se refiere el...
Artículo 68. 1. El régimen fiscal a que se refiere...
Artículo 69. 1. Los partidos políticos nacionales disfrutarán de las...
Artículo 70. 1. Las franquicias postales se sujetarán a las...
Artículo 71. 1. Las franquicias telegráficas se otorgarán exclusivamente para...
Artículo 72. 1. Los partidos políticos deberán reportar los ingresos...
Artículo 73. 1. Los partidos políticos podrán aplicar los recursos...
Artículo 74. 1. Los partidos políticos podrán reportar en sus...
Artículo 75. 1. El Consejo General a propuesta de la...
Artículo 76. 1. Para los efectos de este Capítulo se...
Artículo 77. 1. El órgano interno de los partidos políticos...
Artículo 78. 1. Los partidos políticos deberán de presentar sus...
Artículo 79. 1. Los partidos políticos deberán presentar informes de...
Artículo 80. 1. El procedimiento para la presentación y revisión...
Artículo 81. 1. Todos los dictámenes y proyectos de resolución...
Artículo 82. 1. Los partidos políticos podrán impugnar ante el...
Artículo 83. 1. Los gastos genéricos de campaña serán prorrateados...
Artículo 84. 1. El Consejero Presidente, los Consejeros Electorales y...
Artículo 85. 1. Los partidos políticos podrán constituir frentes, para...
Artículo 86. 1. Para constituir un frente deberá celebrarse un...
Artículo 87. 1. Los partidos políticos nacionales podrán formar coaliciones...
Artículo 88. 1. Los partidos políticos podrán formar coaliciones totales,...
Artículo 89. 1. En todo caso, para el registro de...
Artículo 90. 1. En el caso de coalición, independientemente de...
Artículo 91. 1. El convenio de coalición contendrá en todos...
Artículo 92. 1. La solicitud de registro del convenio de...
Artículo 93. 1. La fusión de partidos sólo podrá realizarse...
Artículo 94. 1. Son causa de pérdida de registro de...
Artículo 95. 1. Para la pérdida del registro a que...
Artículo 96. 1. Al partido político que pierda su registro...