Artículo 84-C.- Son infracciones de los usuarios de los servicios, así como de los cuentahabientes de las instituciones de crédito a que se refiere el último párrafo del artículo 30-A de este Código, la omisión total o parcial de la obligación de proporcionar la información relativa a su nombre, denominación o razón social, domicilio, clave del registro federal de contribuyentes o los datos que se requieran para formar dicha clave o la que la sustituya, que les soliciten los prestadores de servicios y las instituciones de crédito, así como proporcionar datos incorrectos o falsos.
[N. DE E. CANTIDADES ACTUALIZADAS MEDIANTE MODIFICACIÓN AL ANEXO 5 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2017, D.O.F. DEL 11 DE ENERO DE 2021.]
(ADICIONADO, D.O.F. 20 DE DICIEMBRE DE 1991)
Estructura Código Fiscal de la Federación