Reglamento por el que se Establecen las Bases para la Realización del Internado de Pregrado de la Licenciatura en Medicina
Artículo 4o

ARTÍCULO 4o. Los ciclos de Internado de Pregrado se iniciarán en los meses de enero y julio de cada año, y comprenderán doce meses de enseñanza teórico-práctica en los campos clínicos previstos en los programas específicos.

Structure Reglamento por el que se Establecen las Bases para la Realización del Internado de Pregrado de la Licenciatura en Medicina

Artículo 1o

Artículo 2o

Artículo 3o

Artículo 4o

Artículo 5o

Artículo 6o

Artículo 7o

Artículo 8o

Artículo 9o

Artículo 10o