Artículo 61.- El examen médico tiene por objeto determinar el estado de salud del personal convocado, y si se encuentra apto o no apto para participar en la Promoción General, con base en la Directiva de Promoción correspondiente.
Se considerarán “sin clasificación” a los Participantes no comprendidos en alguna de las categorías de accidentes o enfermedades previstas en el artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas o en la lista de padecimientos a que se refiere el artículo 226 Bis de dicha Ley.
Se considerarán “en lista de padecimientos” a los Participantes comprendidos en la lista de padecimientos a que se refiere el artículo 226 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Se considerarán “en tercera categoría” a los Participantes comprendidos en la tercera categoría de accidentes o enfermedades previstas en el artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Se considerarán “excluidos” a los Participantes comprendidos en la primera o segunda categoría de accidentes o enfermedades previstas en el artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Structure Reglamento de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Artículo derogado dof 22-09-2010
Artículo reformado dof 22-09-2010
Artículo reformado dof 11-03-2016
Artículo reformado dof 22-09-2010, 11-03-2016
Artículo adicionado dof 22-09-2010 sección tercera de la
Artículo reformado dof 11-03-2016, 06-03-2020
Artículo reformado dof 06-03-2020 sección sexta del examen
Artículo reformado dof 09-2010, 11-03-2016
Artículo derogado dof 11-03-2016
Artículo reformado dof 22-09-2010
Artículo adicionado dof 11-03-2016
Artículo reformado dof 22-09-2010, 06-03-2020
Artículo reformado dof 22-09-2010, 11-03-2016, 06-03-2020 sección segunda