Reglamento de la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
Articulo 6

ARTICULO 6. Para ser Asambleísta se requiere:

I. Ser mayor de edad en pleno uso de sus derechos ciudadanos;

II. Residir en la República Mexicana y no haber sido condenada o condenado por delito doloso;

III. Acreditar que posee conocimiento, experiencia, sensibilidad y/o cuenta con reconocida trayectoria en materia de prevención y eliminación de la discriminación o la defensa de los derechos humanos.