Artículo 23o.- El Contrato de Comisión Mercantil que celebre el agente con Pronósticos tendrá una vigencia de un año contado a partir de la fecha de su firma, transcurrido este plazo automáticamente queda renovado por tiempo indefinido, siempre y cuando no exista manifestación en contra de alguna de las partes. Pronósticos se reserva el derecho de reconsiderar la renovación automática cuando hubiere duda del cabal cumplimiento de las obligaciones contraídas, evaluando los siguientes aspectos: ventas, pagos oportunos, entrega de boletos cancelados o boletos premiados pagados y no adeudos.
Structure Reglamento de Agentes de Pronósticos para la Asistencia Pública