Reglamento a que se sujetará el Pago de las Diversas Asignaciones de que Disfrutan los Miembros de la Armada Nacional
Articulo 6o

ARTICULO 6o.- Asignación de mando es la que se concede por concepto de gastos de representación, al oficial general, jefe, oficial o sub-oficial, investido conforme a la Ordenanza General de Marina con el mando militar y administrativo de todo cuanto se refiere a los distintos servicios de cualquier buque o corporación de la Armada.

Structure Reglamento a que se sujetará el Pago de las Diversas Asignaciones de que Disfrutan los Miembros de la Armada Nacional

Articulo 1º

Articulo 2o

Articulo 3o

Articulo 4o

Articulo 5o

Articulo 6o

Articulo 7o

Articulo 8o

Articulo 9o

Articulo 10

Articulo 11

Articulo 12