ARTICULO 6o.- Asignación de mando es la que se concede por concepto de gastos de representación, al oficial general, jefe, oficial o sub-oficial, investido conforme a la Ordenanza General de Marina con el mando militar y administrativo de todo cuanto se refiere a los distintos servicios de cualquier buque o corporación de la Armada.
Structure Reglamento a que se sujetará el Pago de las Diversas Asignaciones de que Disfrutan los Miembros de la Armada Nacional