Reglamento a que se sujetará el Pago de las Diversas Asignaciones de que Disfrutan los Miembros de la Armada Nacional
Articulo 2o

ARTICULO 2o.- Es asignación de comisión la que se concede por concepto de alimentación, a todo oficial general, jefe, oficial o sub-oficial de los distintos cuerpos y servicios de la Armada, cuando desempeñan un cargo o comisión del servicio en tierra, sea en propiedad, accidental o interinamente.

Structure Reglamento a que se sujetará el Pago de las Diversas Asignaciones de que Disfrutan los Miembros de la Armada Nacional

Articulo 1º

Articulo 2o

Articulo 3o

Articulo 4o

Articulo 5o

Articulo 6o

Articulo 7o

Articulo 8o

Articulo 9o

Articulo 10

Articulo 11

Articulo 12