Reglamento de Concursos, Selección e Incorporación de Personal y Carrera Jurisdiccional en los Tribunales Agrarios
Artículo 20

ARTÍCULO 20.- La tercera etapa del proceso de selección, comprenderá una práctica forense. Una vez transcurridos cinco meses desde el nombramiento, el titular del Tribunal al que se encuentre adscrito emitirá una opinión sobre el desempeño y aptitudes del servidor público, conforme a los lineamientos determinados por el Tribunal Superior, tal opinión no será vinculante pero será elemento de valoración para la calificación y decisión que haga el Pleno del Tribunal Superior, respecto de la permanencia y definitividad en la plaza.