Reglamento de Concursos, Selección e Incorporación de Personal y Carrera Jurisdiccional en los Tribunales Agrarios
Artículo 12

ARTÍCULO 12.- La Oficialía Mayor del Tribunal Superior, recabará información sobre los antecedentes laborales, integrando el expediente de cada sustentante, verificando que acrediten los requisitos establecidos por la Ley; quienes hayan cumplido con los mismos, serán notificados, por lo menos diez días hábiles anteriores a la celebración de los exámenes.