Reglamento de Concursos, Selección e Incorporación de Personal y Carrera Jurisdiccional en los Tribunales Agrarios
Artículo 11

ARTÍCULO 11.- Las personas que resulten seleccionadas deberán expresar por escrito su consentimiento para prestar sus servicios en el lugar que el Pleno determine, en su caso, con base en la convocatoria emitida, y a cambiar de adscripción en cualquier momento, trasladándose al lugar donde se les requiera; así como asistir a los cursos de capacitación y actualización que disponga el Tribunal Superior.