TÍTULO QUINTO
Artículo 38. La federación, las entidades federativas y los municipios...
Artículo 39. Las reuniones del Sistema Nacional de Cambio Climático...
Artículo 40. El Sistema Nacional de Cambio Climático estará integrado...
Artículo 41. El Sistema Nacional de Cambio Climático analizará y...
Artículo 42. El Sistema Nacional de Cambio Climático podrá formular...
Artículo 43. El coordinador del Sistema Nacional de Cambio Climático...
Artículo 44. Los mecanismos de funcionamiento y operación del Sistema...
Artículo 45. La Comisión tendrá carácter permanente y será presidida...
Artículo 46. La Comisión convocará a otras dependencias y entidades...
Artículo 47. La Comisión ejercerá las atribuciones siguientes: I. Promover...
Artículo 48. El presidente de la comisión tendrá las atribuciones...
Artículo 49. La Comisión contará, por lo menos, con los...
Artículo 50. La Comisión contará con una secretaría técnica, que...
Artículo 51. El consejo, es el órgano permanente de consulta...
Artículo 52. El consejo tendrá un presidente y un secretario,...
Artículo 53. Los integrantes del consejo ejercerán su encargo de...
Artículo 54. El presidente de la comisión designará a los...
Artículo 55. El consejo sesionará de manera ordinaria dos veces...
Artículo 56. La organización, estructura y el funcionamiento del Consejo...
Artículo 57. El Consejo tendrá las funciones siguientes: I. Asesorar...
Artículo 58. Son instrumentos de planeación de la política nacional...
Artículo 59. La planeación de la política nacional en materia...
Artículo 60. La Estrategia Nacional constituye el instrumento rector de...
Artículo 61. La Secretaría con la participación de la Comisión...
Artículo 62. Los escenarios de línea base, las proyecciones de...
Artículo 63. La Comisión podrá proponer y aprobar ajustes o...
Artículo 64. La Estrategia Nacional deberá reflejar los objetivos de...
Artículo 65. Las acciones de mitigación y adaptación que se...
Artículo 66. El Programa será elaborado por la Secretaría, con...
Artículo 67. El Programa deberá contener, entre otros, los elementos...
Artículo 68. Para la elaboración del Programa, la Comisión en...
Artículo 69. En caso de que el Programa requiera modificaciones...
Artículo 70. Los proyectos y demás acciones contemplados en el...
Artículo 71. Los programas de las Entidades Federativas en materia...
Artículo 72. Los programas de las Entidades Federativas incluirán, entre...
Artículo 73. La Estrategia Nacional, el Programa y los programas...
Artículo 74. El Inventario deberá ser elaborado por el INECC,...
Artículo 75. Las autoridades competentes de las Entidades Federativas y...
Artículo 76. Se integrará un Sistema de Información sobre el...
Artículo 77. El Sistema de Información sobre el Cambio Climático...
Artículo 78. Con base en el Sistema de Información sobre...
Artículo 79. Los datos se integrarán en un sistema de...
Artículo 80. Se crea el Fondo para el Cambio Climático...
Artículo 81. El patrimonio del Fondo se constituirá por: I....
Artículo 82. Los recursos del Fondo se destinarán a: I....
Artículo 83. El Fondo operará a través de un Fideicomiso...
Artículo 84. El Fondo contará con un Comité Técnico presidido...
Artículo 85. El Comité Técnico solicitará la opinión de la...
Artículo 86. El Fondo se sujetará a los procedimientos de...
Artículo 87. La Secretaría, deberá integrar el Registro de emisiones...
Artículo 88. Las personas físicas y morales responsables de las...
Artículo 89. Las personas físicas o morales que lleven a...
Artículo 90. Las disposiciones reglamentarias de la presente Ley establecerán...
Artículo 91. La Federación y las entidades federativas, en el...
Artículo 92. Se consideran instrumentos económicos los mecanismos normativos y...
Artículo 93. Se consideran prioritarias, para efectos del otorgamiento de...
Artículo 94. La Secretaría, con la participación de la Comisión...
Artículo 95. Los interesados en participar de manera voluntaria en...
Artículo 96. La Secretaría, por sí misma, y en su...
Artículo 97. El cumplimiento de las normas oficiales mexicanas deberá...