Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano
Artículo 3

Artículo 3.- El patrimonio de la Agencia se integra por:

I. Los derechos y bienes muebles que le sean asignados por el sector público; los que le sean transmitidos por el sector privado y los demás que adquiere por cualquier título;

II. Los ingresos que perciba en los términos de las disposiciones aplicables;

III. Los recursos que le sean asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente.