Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano
Artículo 22

Artículo 22.- El Consejo Editorial Consultivo estará integrado por trece ciudadanas y ciudadanos, representantes de los sectores social, académico, medios de comunicación impresos y electrónicos, tanto públicos como privados que, por su experiencia en materia de periodismo y derecho a la información, puedan contribuir al logro de los objetivos de la Agencia.

Las personas integrantes del Consejo Editorial Consultivo serán propuestas por los sectores señalados y se nombrarán por la Junta de Gobierno, garantizando el principio de la paridad de género, en términos de lo dispuesto por el Estatuto Orgánico y sus cargos serán de carácter honorífico.

En el Estatuto Orgánico se establecerá el mecanismo de selección paritaria de las personas que integren el Consejo Editorial Consultivo que formen parte de la Junta de Gobierno.