ARTÍCULO 44.- Los Comandantes de los diferentes cuerpos del personal en instrucción de las escuelas militares que dependen del Colegio del Aire tienen las atribuciones y responsabilidades siguientes:
I. Ejercer el mando del personal en instrucción del plantel;
II. Suplir en sus ausencias temporales al Subdirector del plantel, con excepción de la Escuela Militar de Aviación, la cual se sujetará a lo establecido en la fracción I del artículo 49 de este Reglamento;
III. Contribuir en la educación integral del personal en instrucción en los aspectos militar, intelectual, moral y físico;
IV. Planear, coordinar y supervisar la instrucción militar en sus diferentes niveles, con base en las directivas que sobre el particular reciba de la superioridad;
V. Supervisar la buena presentación del personal en instrucción;
VI. Proponer la reunión del Consejo de Honor cuando corresponda;
VII. Supervisar el pago oportuno de la Percepción Recreativa Estudiantil o haberes al personal en instrucción, según corresponda;
VIII. Supervisar la conservación del armamento y municiones, vestuario, equipo y demás cargos del personal en instrucción;
IX. Supervisar que el personal en instrucción que se encuentre en el cuadro de desaplicados cumpla con el programa de estudios controlado;
X. Vigilar que el personal en instrucción se encuentre permanentemente en óptimas condiciones físicas;
XI. Controlar estadísticamente los correctivos disciplinarios impuestos al personal en instrucción;
XII. Capacitar y supervisar al personal de Oficiales asignados al cuerpo, respecto de las funciones y responsabilidades que desarrollan en el mismo;
XIII. Controlar y supervisar el desempeño de los servicios de arma, económicos y especiales que realice el personal en instrucción;
XIV. Participar en la elaboración del Plan de Seguridad y Defensa del plantel y otros que sean necesarios;
XV. Proponer a la superioridad al personal en instrucción que por su don de mando, aprovechamiento y disciplina se haga acreedor a recibir distinción o grado jerárquico;
XVI. Formular los informes de su competencia;
XVII. Coordinar las actividades del Cuerpo con las de los demás órganos del plantel, y
XVIII. Las demás que le sean asignadas por el Director del plantel.
Structure Reglamento General del Colegio del Aire
Título primero de las disposiciones generales
Capítulo I de la finalidad y misión
Título segundo de la organización
Título tercero de las funciones
Capítulo II de la subdirección
Capítulo III de la sección pedagógica
Capítulo IV de la sección académica
Capítulo V de la sección de difusión cultural
Capítulo VI de la sección de presupuesto y
Capítulo VII de la sección administrativa
Capítulo VIII de la sección de transportes terrestres
Capítulo IX de la ayudantía general
Capítulo X de la unidad ejecutora de pagos
Capítulo XI de la junta técnica-consultiva
Título primero de la organización
Título segundo de las funciones genéricas
Capítulo II de las subdirecciones
Capítulo III de los comandantes de cuerpo de
Capítulo IV de las secciones pedagógicas
Capítulo V de las secciones académicas
Capítulo VII de las secciones administrativas
Capítulo VIII de la sección de vuelos
Capítulo IX de la sección de seguridad aérea
Capítulo X de la sección de mantenimiento y
Capítulo XI de las secciones de laboratorios y
Capítulo XII de las juntas técnicas-consultivas y del
Capítulo I de la clasificación
Capítulo II del personal docente
Capítulo III del personal en instrucción
Título quinto del proceso enseñanza-aprendizaje
Capítulo I de las generalidades
Título sexto de las faltas, bajas y reingresos
Capítulo I de las faltas de asistencia académica
Capítulo III de los reingresos
Título séptimo de los reconocimientos académicos
Capítulo I de los títulos, certificados y patentes
Capítulo II de los premios y recompensas
Título octavo de las disposiciones complementarias
Capítulo II de la garantía de permanencia
Título primero de la escuela militar de aviación
Título segundo de la escuela militar de mantenimiento