ARTÍCULO 42.- Los Directores de las escuelas militares que dependen del Colegio del Aire, tienen las atribuciones y responsabilidades correspondientes a un Comandante de Cuerpo de Tropa, de conformidad con lo estipulado en las leyes y reglamentos militares, y además las siguientes:
I. Representar a la escuela militar correspondiente;
II. Hacer cumplir los lineamientos establecidos en el Plan General de Educación Militar y demás disposiciones vigentes;
III. Administrar los recursos humanos, económicos y materiales puestos a su disposición;
IV. Orientar la formulación de los planes y programas de estudio de los cursos que se impartan en el plantel y proponer a la Dirección del Colegio del Aire las modificaciones que sean necesarias;
V. Convocar a la Junta Técnica-Consultiva y al Comité Investigador de Accidentes Aéreos, en el caso de la Escuela Militar de Aviación;
VI. Conferir los cargos que desempeñe el personal académico, administrativo y de la planta de la escuela, excepto aquellos que sean designados por el Alto Mando;
VII. Otorgar los nombramientos y distinciones que sean necesarios para cubrir los cuadros del Cuerpo de Cadetes y Oficiales en Instrucción;
VIII. Vigilar permanentemente el bienestar del personal del plantel, promoviendo su afiliación al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, conforme a las disposiciones aplicables, así como el desarrollo de actividades para elevar su moral;
IX. Proponer a la Dirección del Colegio del Aire:
A. Las reformas al Manual de Organización y Funcionamiento del plantel, cuando corresponda;
B. La creación de otros cursos y carreras;
C. Al personal del plantel que se haga acreedor a recompensas, premios y diplomas, y
D. Las altas, bajas y cambios del personal académico, administrativo y de los servicios.
X. Difundir permanentemente el contenido del presente Reglamento a todo el personal que integra el plantel y supervisar su cumplimiento;
XI. Convocar al Consejo de Honor;
XII. Analizar los resultados de las evaluaciones de las capacidades y funcionamiento de los órganos del plantel;
XIII. Presentar a la Dirección del Colegio del Aire un informe general de actividades al término de cada ciclo escolar;
XIV. Presentar a la Dirección del Colegio del Aire el proyecto de presupuesto de su competencia;
XV. Firmar la documentación oficial que se genere con motivo de las actividades académicas y administrativas del plantel, y
XVI. Las demás que le sean asignadas por el Director del Colegio del Aire.
Structure Reglamento General del Colegio del Aire
Título primero de las disposiciones generales
Capítulo I de la finalidad y misión
Título segundo de la organización
Título tercero de las funciones
Capítulo II de la subdirección
Capítulo III de la sección pedagógica
Capítulo IV de la sección académica
Capítulo V de la sección de difusión cultural
Capítulo VI de la sección de presupuesto y
Capítulo VII de la sección administrativa
Capítulo VIII de la sección de transportes terrestres
Capítulo IX de la ayudantía general
Capítulo X de la unidad ejecutora de pagos
Capítulo XI de la junta técnica-consultiva
Título primero de la organización
Título segundo de las funciones genéricas
Capítulo II de las subdirecciones
Capítulo III de los comandantes de cuerpo de
Capítulo IV de las secciones pedagógicas
Capítulo V de las secciones académicas
Capítulo VII de las secciones administrativas
Capítulo VIII de la sección de vuelos
Capítulo IX de la sección de seguridad aérea
Capítulo X de la sección de mantenimiento y
Capítulo XI de las secciones de laboratorios y
Capítulo XII de las juntas técnicas-consultivas y del
Capítulo I de la clasificación
Capítulo II del personal docente
Capítulo III del personal en instrucción
Título quinto del proceso enseñanza-aprendizaje
Capítulo I de las generalidades
Título sexto de las faltas, bajas y reingresos
Capítulo I de las faltas de asistencia académica
Capítulo III de los reingresos
Título séptimo de los reconocimientos académicos
Capítulo I de los títulos, certificados y patentes
Capítulo II de los premios y recompensas
Título octavo de las disposiciones complementarias
Capítulo II de la garantía de permanencia
Título primero de la escuela militar de aviación
Título segundo de la escuela militar de mantenimiento