Reglamento de la Coordinación General de Compilación y Sistematización de Tesis
Artículo 9

ARTÍCULO 9.- La Unidad de Contradicción de Tesis es el área encargada de detectar los criterios contradictorios de las Salas y de los Tribunales Colegiados de Circuito.

Corresponde a la Unidad de Contradicción de Tesis:

a) Recibir de la Secretaría Técnica Administrativa las tesis, a efecto de hacer del conocimiento de las secciones respectivas aquéllas que guarden relación con las contradicciones denunciadas y resueltas;

b) Informar al Coordinador General sobre la posible existencia de una contradicción de tesis;

c) Formular los proyectos de denuncia de contradicción;

d) Compilar la jurisprudencia por contradicción de tesis;

e) Dar seguimiento a los expedientes de contradicción de tesis que se tramiten en las Salas y en el Pleno;

f) Elaborar los índices de contradicciones; y

g) Las demás funciones que específicamente le asignen el Coordinador General y el Director General.