ARTÍCULO 17.- Los Secretarios de Tesis de los Tribunales Colegiados de Circuito dependerán directamente del Presidente de cada órgano colegiado, por lo que en el desarrollo de sus funciones deberán acatar sus instrucciones y se considerarán órganos de apoyo de la Coordinación en los términos que establezcan los acuerdos respectivos.
Structure Reglamento de la Coordinación General de Compilación y Sistematización de Tesis