Reglamento de la Coordinación General de Compilación y Sistematización de Tesis
Artículo 12

ARTÍCULO 12.- La Unidad de Sistemas y Procesos de Cómputo es el área de enlace con la Dirección General de Informática de la Suprema Corte.

Corresponde a la Unidad de Sistemas y Procesos de Cómputo:

a) Proponer al Coordinador General la elaboración de los programas de cómputo para la consulta de las tesis;

b) Coordinar la actualización de los procesos de captura y procesamiento de información;

c) Definir las necesidades de capacitación del personal de la Coordinación en el uso de los diferentes programas de cómputo;

d) Investigar las necesidades de naturaleza informática de la Coordinación;

e) Proponer al Coordinador General la aplicación de innovaciones tecnológicas; y

f) Las demás funciones que específicamente le asignen el Coordinador General y el Director General.