Reglamento de Gobierno para la Isla Guadalupe
Artículo 6o

ARTÍCULO 6o.-Todas las sanciones derivadas del incumplimiento del presente Reglamento, se entenderán impuestas sin perjuicio de la consignación a la autoridad correspondiente, si la conducta del infractor se estimase constitutiva de delito o de sanciones que otras leyes o reglamentos determinen.