Reglamento de Gobierno para la Isla Guadalupe
Artículo 3o

ARTÍCULO 3o.-La Secretaría de Gobernación depositará el gobierno y administración de la isla en un Delegado, quien ejercerá esas funciones en los términos que establezcan las leyes y de acuerdo a las instrucciones que reciba de la dependencia del Ejecutivo Federal a la cual está sujeto.