Reglamento de Debates de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Artículo 8

Artículo 8.- Cuando en la sesión pública no se agote el orden del día, al terminar el horario programado para la misma, y así se considere conveniente, el Magistrado Presidente que corresponda, convocará a los integrantes del Pleno o de la Sección, para que dicha sesión continúe a partir de las diecisiete horas y hasta que se desahogue el total de los asuntos programados para ésta lo cual se hará del conocimiento del público asistente.