Artículo 24.- En las sesiones, los Magistrados, procurarán realizar su intervención de manera clara y concreta, evitando lecturas o repeticiones innecesarias para lograr un debate ágil y eficiente, en beneficio de los participantes y del público en general.
En el curso de las intervenciones, los Magistrados deberán abstenerse de: entablar polémicas o debates de manera individual con otro miembro del Pleno o la Sección; hacer alusiones personales o utilizar adjetivos inapropiados que pudiesen ofender a quienes participan en la sesión; interrumpir a otros Magistrados en el uso de la palabra, o generar controversias o discusiones ajenas a los asuntos del orden del día.
En esos supuestos, cualquier Magistrado podrá solicitar al Pleno o la Sección que acuerde por mayoría simple una moción de orden para invitar al Magistrado de que se trate a que se conduzca en los términos previstos en este reglamento.
Cuando algún Magistrado solicite que se acuerde por mayoría simple una moción, el Pleno o la Sección decidirán, sin discusión, su admisión o rechazo. En caso de que se acepte, el Magistrado Presidente tomará las medidas pertinentes para que se lleve a cabo, de no ser así, la sesión seguirá su curso.
Structure Reglamento de Debates de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa