Artículo 5.- Las sesiones se realizarán en el domicilio oficial, ubicado en la sede de la Sala Superior o de las Secciones, serán presididas por el Presidente del Tribunal o los Presidentes de las Secciones, con la intervención de los Magistrados que corresponda y con la participación del Secretario General de Acuerdos o los Secretarios Adjuntos de Acuerdos, según el caso, quienes darán fe de lo actuado.
Verificado el quórum legal por el Secretario General de Acuerdos o los Secretarios Adjuntos de Acuerdos, el Presidente del Tribunal o los Presidentes de las Secciones declararán el inicio de la sesión conforme al orden del día.
Structure Reglamento de Debates de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa