Artículo 45.- Los resultados obtenidos de acuerdo con la medición de los indicadores a que hace referencia el artículo anterior, serán publicados en el Sistema de Alertas, el cual clasificará a cada uno de los Entes Públicos de acuerdo con los siguientes niveles:
I. Endeudamiento sostenible;
II. Endeudamiento en observación, y
III. Endeudamiento elevado.
Structure Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios