Artículo 684-Q. Los participantes tendrán derecho a:
I. Concursar en igualdad de condiciones;
II. Contar con el lugar, equipo y tiempo necesarios para la presentación de los exámenes, y
III. Conocer los resultados del concurso en las publicaciones que realice el Centro de Conciliación.
(ADICIONADO, D.O.F. 1 DE MAYO DE 2019)
Estructura Ley Federal del Trabajo