Artículo 153-Q. A nivel de las entidades federativas se establecerán Comisiones Estatales de Concertación y Productividad.
Será aplicable a las Comisiones Estatales de Concertación y Productividad, en el ámbito de las entidades federativas, lo establecido en los artículos 153-I, 153-J, 153-K, 153-L, 153-N y demás relativos.
Estructura Ley Federal del Trabajo