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Divorcio y ley familiar, 22 enero 2026, question №1071

Nulidad de convenio de pensión firmado siendo menor de edad

Buen día.
Cuando firmé un convenio relacionado con pensión alimenticia, yo era menor de edad. En ese momento ya estaba viviendo en unión libre, tenía un hijo, no estudiaba y no conté con asesoría legal, además de existir presión familiar para firmar.
No comprendía plenamente las consecuencias legales del documento ni tenía la capacidad jurídica ni la información suficiente para obligarme por mí misma.
Actualmente soy mayor de edad y deseo saber:
Si el convenio es legal o puede declararse nulo o modificable, considerando que lo firmé siendo menor.
Qué vía legal procede (nulidad, juicio familiar, modificación, etc.).
Qué pruebas serían necesarias y qué acciones debo evitar para no perjudicar mi situación.
Si existe algún plazo o prescripción para ejercer alguna acción legal.

Soy de Chihuahua,chihuahua.

Lawyers' responses (1)

    Lawyer AI

    ¡Buenos días!

    Karen, en Chihuahua el punto clave es cómo se formalizó ese convenio: si fue privado (solo firmado) o si fue ratificado/aprobado por un Juez Familiar (y quedó en un expediente).

    1) ¿Es legal si lo firmaste siendo menor?

    En el Código Civil de Chihuahua, la incapacidad, el error, el dolo o la violencia pueden generar nulidad relativa del acto.

    Además, el mismo Código prevé que el cumplimiento voluntario puede tomarse como ratificación tácita y extinguir la acción de nulidad.

    Ojo: en alimentos, aunque exista convenio, el tema se analiza con interés superior de tu hijo; los jueces suelen ajustar lo necesario para protegerlo, más que “borrar” todo.

    2) ¿Qué vía suele convenir?
    • Si el convenio fue aprobado por juez: normalmente procede un incidente/juicio de modificación de medidas (alimentos), demostrando cambio de circunstancias o que el convenio quedó desequilibrado. Puedes ver una guía práctica en Juristas.MX sobre modificar acuerdo de divorcio y pensión.
    • Si fue convenio privado (sin juez): podrías plantear nulidad relativa por incapacidad y/o por vicios del consentimiento (presión/violencia), pero debe cuidarse el tema de “ratificación” por actos posteriores.

    Para contexto general de nulidad (federal) puedes revisar Código Civil Federal en Juristas.MX.

    Y tu propio caso está descrito aquí: Nulidad de convenio de pensión firmado siendo menor (Pregunta 1071).

    3) Pruebas útiles
    • Acta de nacimiento (acreditar minoría de edad al firmar).
    • Copia del convenio y, si existe, constancia de ratificación/sentencia/expediente.
    • Evidencia de presión/violencia: mensajes, audios, testigos, antecedentes de control, etc.
    • Pruebas de condiciones económicas de entonces y de ahora (ingresos, gastos del menor, vivienda, salud).
    4) Qué evitar
    • No dejes de cumplir sin orden judicial (puede volverse en tu contra).
    • Evita firmar “reconocimientos” o convenios nuevos sin asesoría.
    • Si ya cumpliste siendo mayor de edad, hay que revisar si eso puede interpretarse como ratificación tácita.
    5) ¿Plazos/prescripción?

    En Chihuahua, la nulidad por violencia prescribe a los 6 meses desde que cesa ese vicio.

    Para nulidad por incapacidad/error, el Código remite a los plazos de las acciones personales o reales, según el acto.

    Si me confirmas: (1) ¿el convenio se ratificó ante juez?, (2) ¿qué fecha aproximada se firmó?, (3) ¿has cumplido/pagado ya siendo mayor de edad?, te puedo orientar mejor sobre la ruta más segura en tu caso en Chihuahua.

    ¡Atención! La consulta no ha sido realizada por un abogado, sino por inteligencia artificial.


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