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Divorcio y ley familiar, 20 febrero 2026, question №1095

Cuanto me puede quitar mi esposo incapacitado

Buenas tardes, estoy separada de mi esposo desde hace 10 años y me quiero divorcio ya que me fue infiel, soy pensionada y el se accidentó y no puede laborar, mi duda es cuanto tendría que pasarle de mi pensión, no tuvimos hijos

Lawyers' responses (1)

    Lawyer AI

    ¡Buenos días!

    Sra. Casimira Ochoa Bonaparte (Morelia): en Michoacán su esposo no puede “quitarle” automáticamente un porcentaje fijo de su pensión. Lo que podría reclamar, si procede, es pensión alimenticia entre cónyuges, que se calcula caso por caso según necesidad del acreedor y posibilidad del deudor (proporcionalidad).

    1) Mientras siga vigente el matrimonio

    Aunque lleven 10 años separados, la obligación de alimentos entre cónyuges existe y puede reclamarse si él acredita que no puede sostenerse. El Código Familiar de Michoacán establece la obligación recíproca de alimentos entre cónyuges y que la ley define cuándo subsiste en separación/divorcio.

    2) Al divorciarse: ¿se acaba o sigue?

    Depende de la vía y de si alguno “requiere alimentos”:

    • Divorcio administrativo: en Michoacán sólo procede si ninguno de los dos requiere alimentos (requisito expreso). Si su esposo está incapacitado y sin ingresos, probablemente NO sería opción.
    • Divorcio judicial (voluntario o incausado): ahí el juez puede fijar alimentos al cónyuge que los necesite, considerando circunstancias económicas y personales. En divorcio necesario, por ejemplo, se contempla que quien carezca de bienes o esté imposibilitado para trabajar tenga derecho a alimentos, y también hay reglas de duración/extinción (p. ej., si el acreedor vuelve a casarse o vive en concubinato).
    3) ¿“Cuánto” de su pensión podría ordenarse?

    No hay porcentaje único en la ley. Normalmente se valora:

    • Necesidades reales de él (salud, medicinas, vivienda, alimentación) y si recibe IMSS/ISSSTE, pensión por incapacidad, apoyos o tiene bienes.
    • Su capacidad de pago como pensionada (monto, gastos, deudas, tratamientos).En juicio, se puede pedir que el monto sea lo mínimo necesario y que se pruebe la incapacidad/ingresos de él. (Referencia general sobre divorcio y efectos en alimentos en legislación federal: Código Civil Federal).

    Para orientarse con criterios y obligaciones, puede revisar en Juristas MX: Divorcio y ley familiar y este criterio práctico sobre alimentos en separación: Obligaciones legales cuando hay una separación.

    Si desea ver requisitos oficiales del trámite en el estado: https://registrocivil.michoacan.gob.mx/divorcios/

    Para decirle con más precisión
    1. ¿Su esposo ya tiene pensión/indemnización por incapacidad (IMSS/ISSSTE/seguro) o cero ingresos?
    2. ¿Bajo qué régimen se casaron: sociedad conyugal o separación de bienes?
    3. ¿De cuánto es su pensión mensual y cuáles son sus gastos médicos básicos?

    ¡Atención! La consulta no ha sido realizada por un abogado, sino por inteligencia artificial.


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