ARTÍCULO 20o. Las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de las facultades a que se refiere el presente Reglamento podrán tramitarse ante la Comisión de Inconformidades o, en su caso, ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en los términos de las disposiciones reglamentarias que correspondan.
Structure Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo