Artículo 29o.- Los tenedores de boletos premiados podrán cobrar su importe en las Oficinas Generales de Pronósticos, en las Instituciones u Organismo que éste señale y que se hará del conocimiento del público, así como ante cualquier Comercializador, de conformidad a lo establecido en el artículo 11 del “Acuerdo que establece los datos, documentos y formatos de los trámites de Pronósticos para la Asistencia Pública”.
Structure Reglamento del Concurso Progol de Pronósticos para la Asistencia Pública