Artículo 6.- La Asamblea, sin contravenir lo dispuesto en la Ley Agraria y el Reglamento Interno o el Estatuto Comunal del núcleo agrario de que se trate, podrá promover y fomentar las actividades productivas de la Unidad.
Structure Reglamento de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina