ARTÍCULO 51.- Las faltas de asistencia académica se computarán a razón de una falta por cada inasistencia a una sesión de clase de cualquier materia en la forma siguiente:
I. Serán acumulables las faltas justificadas originadas por actos fuera del servicio, por motivos de salud, razones de carácter legal y las que a juicio del Director considere como tales;
II. Las faltas justificadas a clases motivadas por actos del servicio no serán acumulables;
III. Las faltas injustificadas serán acumulables, y
IV. El registro y cómputo de faltas se dará a conocer periódicamente al personal de alumnos por la Sección Académica del plantel.
Structure Reglamento de la Escuela de Policía Militar
Título primero disposiciones generales
Capítulo II de la subdirección
Capítulo III del cuerpo de alumnos
Capítulo IV de la sección pedagógica
Capítulo V de la sección académica
Capítulo VI de la ayudantía general
Capítulo VII de la sección administrativa
Capítulo VIII de la junta técnica-consultiva
Título quinto de la admisión y del proceso
Capítulo II del proceso enseñanza-aprendizaje
Título sexto de las faltas, bajas y reingresos
Capítulo I de las faltas de asistencia académica
Capítulo II de las bajas y reingresos
Título séptimo de los reconocimientos académicos, premios y