Artículo 13 (Sesiones). — El Consejo Técnico desahogará el procedimiento de los asuntos que se le turnen por conducto de la dirección de área vinculada con el evento, debiendo sesionar en la sala de juntas de la Dirección General o donde juzgue conveniente dicha autoridad, atendiendo a los lineamientos siguientes:
I. Las sesiones serán ordinarias cuando se analicen casos que no impliquen trascendencia a las autoridades administrativas o penales, o extraordinarias cuando trasciendan a autoridades administrativas o penales, desde luego, a juicio del pleno con el quórum correspondiente;
II. Habrá quórum en las sesiones del Consejo Técnico, con la presencia de tres de sus miembros, siempre y cuando se encuentre el Presidente o su suplente;
III. Los miembros del Consejo Técnico contarán con voz y voto y sus resoluciones serán adoptadas por la mayoría simple de sus miembros;
IV. El Vocal que no asista a las sesiones, lo haga con reiterado retraso, no presente las propuestas solicitadas en tiempo y forma, se retire sin justificación de las sesiones o altere el orden en las mismas, se hará acreedor a un correctivo disciplinario, conforme a lo dispuesto por los artículos 192, fracción I, 193, 194 y 195 del Reglamento de la Ley de la Policía Federal;
V. Se podrán hacer mociones de orden para agilizar el debate, sin que ello signifique que se influya en el sentido de la decisión que se tome;
VI. Se levantarán actas circunstanciadas de hechos donde se hagan constar las resoluciones tomadas por el Consejo Técnico, se firmarán por todos los presentes, a fin de que se remitan a las instancias correspondientes, y
VII. Habrá sesión extraordinaria en la fecha y hora que fije el presidente, previo acuerdo que comunique el secretario técnico.
Structure Reglamento de la Academia Superior de Seguridad Pública y Planteles Académicos de la Policía Federal
Artículo 10 (dirección de administración)
Artículo 12 (principios rectores y lineamientos)
Artículo 13 (sesiones)
Artículo 15 (funciones del presidente)
Artículo 16 (funciones de los integrantes)
Artículo 21 (organización de los grupos)
Artículo 22 (representación de los grupos)
Artículo 23 (constancia de jefe de grupo)
Artículo 24 (derechos de los cadetes o alumnos)
Artículo 25 (del tiempo libre)
Artículo 26 (horario de regreso)
Artículo 27 (ingreso y pase de lista)
Artículo 28 (retardos e inasistencias)
Artículo 29 (permanencia voluntaria en las instalaciones)
Artículo 30 (sistema presencial)
Artículo 31 (defunción en razón de parentesco o
Artículo 32 (plazo Máximo de la ausencia)
Artículo 34 (obligación de reportar el término del
Artículo 37 (objetividad de la calificación)
Artículo 38 (presencia del cadete o alumno)
Artículo 40 (notificación de las calificaciones)
Artículo 41 (procedencia de la constancia)
Artículo 42 (procedencia del reconocimiento por desempeño académico)
Artículo 44 (deberes de los cadetes o alumnos)
Artículo 50 (restitución de objetos)
Artículo 51 (gastos de traslado)
Artículo 52 (impedimento para reingresar)
Artículo 53 (apego a la disciplina)
Artículo 55 (objetividad e imparcialidad)
Artículo 56 (del jefe de grupo)
Artículo 57 (distintivo del jefe de grupo)
Artículo 58 (funciones del jefe de grupo)
Artículo 59 (tipo de obligaciones)
Artículo 60 (carta de invitación)
Artículo 61 (uso racional de los recursos)
Artículo 62 (ingreso de alimentos y bebidas)
Artículo 63 (deberes hacia el uniforme)
Artículo 64 (pase de lista en los grupos)
Artículo 65 (momentos del pase de lista)
Artículo 66 (comunicación de la asistencia)
Artículo 67 (pase de lista en actividades a
Artículo 68 (abandono de clase, evento o actividad)
Artículo 71 (tipo de exámenes)
Artículo 72 (características de los exámenes)
Artículo 73 (exámenes prácticos)
Artículo 74 (exámenes teóricos)
Artículo 75 (calificación Mínima aprobatoria)
Artículo 76 (prelación de exámenes)
Artículo 77 (exámenes extraordinarios por periodo)
Artículo 78 (exámenes extraordinarios por curso)
Artículo 79 (exámenes a título de suficiencia por
Artículo 80 (designación e invitación)
Artículo 81 (evaluación de los eventos)
Artículo 82 (elaboración de memorias)
Artículo 83 (presentación de informes de memorias)
Artículo 84 (conocimiento e interpretación del himno y
Artículo 85 (objeto del servicio de guardia)
Artículo 86 (obligaciones de la guardia)
Artículo 87 (Días del servicio de guardia)
Artículo 88 (de la guardia en prevención)
Artículo 90 (del concurso de sanciones)
Artículo 91 (tipo de sanciones)
Artículo 92 (deber y facultad de corregir)
Artículo 93 (acumulación de puntos de demérito)
Artículo 94 (clasificación de las faltas)
Artículo 97 (graduación de los puntos de demérito)
Artículo 98 (notificación de las sanciones)
Artículo 99 (consecuencia de las faltas graves)
Artículo 100 (tipo de faltas graves)
Artículo 101 (del recurso de inconformidad)
Artículo 102 (del recurso de revisión)
Artículo 103 (formalidades del recurso de revisión)
Artículo 104 (tipo de resoluciones)