Reglamento de Funcionamiento de los Sorteos Instantáneos en Línea de Pronósticos para la Asistencia Pública
Artículo 4o

Artículo 4o.- Será requisito para llevar a cabo la carga de lotes en el sistema central de cómputo la presencia del Inspector designado por la Secretaría de Gobernación, de un representante designado por el Director General de Pronósticos, de un representante de la Subdirección General de Informática y de un representante de la Subdirección de Concursos y Sorteos.