Artículo 3o.- Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
1.- COMERCIALIZADOR.- La persona física o moral que haya celebrado contrato con Pronósticos para aceptar quinielas del público en la forma y términos señalados en las disposiciones reglamentarias.
2.- TERMINAL.- Cualquier dispositivo de punto de venta que se utilice para la comercialización de concursos, sorteos, productos y servicios que ofrece Pronósticos.
3.- Sorteo.- El proceso que se inicia en el momento de aceptación de pago por parte del participante, y que termina con la impresión del boleto, en el que se observan los números con los cuales se participó y los números generados por el sistema, así como el importe del premio correspondiente.
4.- Boleto.- Registro electrónico de la combinación y/o documento impreso en el que se plasma la participación, los cuales se encuentran almacenados en el sistema central de captación de transacciones en línea y acredita el derecho de participar en el sorteo.
El documento impreso a que se refiere el párrafo anterior constituye un documento al portador comprendido en el artículo 6o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y no un título de crédito, ya que sirve únicamente para identificar a su tenedor. Dicho documento consigna un contrato de adhesión y sólo tendrá efectos probatorios cuando se corrobore que los códigos de seguridad y las numeraciones contenidas en él sean legítimos.
5.- Sorteo base.- El concurso o sorteo de Tris, Chispazo, Melate o cualquier otro que con posterioridad determine Pronósticos en el que originalmente interviene el participante y cuya selección de combinaciones numéricas será comparada con los números generados por el sistema.
6.- Lote.- El universo de premios dentro del cual se seleccionan los ganadores mediante un algoritmo aleatorio con que cuenta el sistema.
7.- Reserva del producto.- Importe de premios caducos en términos del artículo 25o. del presente Reglamento, que se utilizará para pagar algún premio o diferencia en el importe de éste, ocasionado por efecto de alguna circunstancia imponderable.
8.- Premio.- Importe al que, en caso de acierto, se hace acreedor el participante, conforme a la pirámide de premiación que forma parte del lote correspondiente.
9.- Pronósticos: Pronósticos para la Asistencia Pública.
10.- Medios Electrónicos: cualquier dispositivo electrónico con el que Pronósticos comercialice sus sorteos.
11.- Ceremonia: acto oficial de selección al azar de la combinación ganadora.
Structure Reglamento de Funcionamiento de los Sorteos Instantáneos en Línea de Pronósticos para la Asistencia Pública