Artículo 10o.- Pronósticos podrá facultar a sus Comercializadores para registrar participaciones y captar la venta de Instantáneos en Línea mediante el uso de:
a) Terminales que mediante la digitación que haga el Comercializador ésta imprima, numere y expida el boleto que, contra su pago será entregado al participante como comprobante de su participación, quedando almacenado el registro electrónico correspondiente en el sistema central de captación de transacciones en línea.
b) Medios electrónicos enlazados al sistema central de captación de transacciones en línea que permiten transmitir las participaciones al computador central en el cual queda almacenado el registro electrónico correspondiente.
Pronósticos podrá facultar a sus Comercializadores para recibir y captar la venta del sorteo por otros medios de comunicación electrónica, en los términos del contrato que tengan para tal efecto, transmitiendo los datos de las participaciones vendidas al sistema central de captación de transacciones en línea.
Los Comercializadores recibirán de los participantes el pago del precio correspondiente y lo remitirán a Pronósticos en las condiciones y términos establecidos en el contrato y en el Reglamento de Comercializadores.
Structure Reglamento de Funcionamiento de los Sorteos Instantáneos en Línea de Pronósticos para la Asistencia Pública