ARTÍCULO 15.
El CONACyT contará con un órgano de vigilancia integrado por un comisario público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública, y tendrán las facultades que les otorgan la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y las demás disposiciones legales aplicables.
Structure Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología