ARTÍCULO SEGUNDO.- SE EXPIDE LA LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO NACIONAL...
ARTÍCULO 1. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, en...
ARTÍCULO 2. El CONACyT tendrá por objeto ser la entidad...
ARTÍCULO 3. El CONACyT apoyará el funcionamiento del Consejo General...
ARTÍCULO 4. El CONACyT contará con los siguientes órganos de...
ARTÍCULO 5. La Junta de Gobierno del CONACyT se conformará...
ARTÍCULO 6. La Junta de Gobierno, además de las atribuciones...
ARTÍCULO 7. La Junta de Gobierno celebrará sesiones ordinarias por...
ARTÍCULO 8. El Director General será designado y removido libremente...
ARTÍCULO 9. El Director General del CONACyT, además de las...
ARTÍCULO 10. El Foro Consultivo Científico y Tecnológico fungirá como...
ARTÍCULO 11. El patrimonio del CONACyT se integrará con: I....
ARTÍCULO 12. El CONACyT administrará y dispondrá libremente de su...
ARTÍCULO 13. La canalización de recursos por parte del Consejo...
ARTÍCULO 14. Los trabajadores del CONACyT continuarán incorporados al régimen...
ARTÍCULO 15. El CONACyT contará con un órgano de vigilancia...
ARTÍCULO 16. El CONACyT cuenta con una Contraloría Interna, órgano...
ARTÍCULO 17. Las ausencias del Contralor Interno, así como la...