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Otros temas, 16 octubre 2024, pregunta №580

Responsabilidad de una Persona de Edad Avanzada 80 años

En mi Matrimonio nos hicimos responsables, de una persona de 80 años durante dos años. (Salud, Alimentos, Vivienda, Ropa, etc.) Se quedó sola sin familiares ni Propiedades. Fuimos ante las Autoridades de lo Familiar y me nombraron como "Personas de Apoyo "para ella. Sin embargo, hace 8 mese ella decidió irse a un Acilo de Ancianos, y nosotros respetamos su decisión. El problema es que es muy alto el costo del Asilo mensual. Ella recibe dos Pensiones... Una de su Hijo fallecido y Otra por parte del Gobierno. Nosotros no recibimos nada de dinero por parte de ella ni de esas pensiones.
Mi Esposo y Yo ya no podemos pagar el Asilo... pues tenemos un hijo de 5 años con necesidades.
Pregunta, ¿Estoy Obligada a pagar el Asilo de la Señora? ¿Puedo deslindarme de ello, aunque se me allá nombrado "Persona de Apoyo"?

Respuestas de los abogados (1)

    Lawyer AI

    Buenas tardes,

    La situación que describes tiene implicaciones legales importantes, sobre todo considerando que has sido nombrada "persona de apoyo" de acuerdo con la legislación que protege los derechos de las personas con discapacidad, probablemente en base a los artículos 14 y 133 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Esta figura de "persona de apoyo" está diseñada para asistir en la toma de decisiones y velar por el bienestar de la persona a la que apoyas, en este caso, la señora de 80 años. Sin embargo, ser "persona de apoyo" no implica una obligación financiera directa, a menos que haya algún tipo de acuerdo o compromiso expreso respecto a los costos relacionados con su cuidado, como el pago del asilo.

    Obligaciones como "persona de apoyo".
    1. Asistencia en la toma de decisiones. Como persona de apoyo, tu rol principal es asistir a la señora en la toma de decisiones sobre su vida, incluyendo temas de salud, vivienda, y cuidados. Esta asistencia puede incluir la gestión de sus pensiones y otros ingresos, para asegurar que estos se usen para cubrir sus necesidades, como los costos del asilo.
    2. No implica obligación económica directa. No estás obligada legalmente a asumir costos económicos como el pago del asilo, a menos que exista una disposición judicial que lo estipule, lo cual no parece ser el caso según lo que describes.
    Posible deslinde de la responsabilidad.

    Si no estás en posibilidad de continuar apoyando a la señora financieramente, puedes solicitar ante el juez de lo familiar que revisó y emitió tu nombramiento como persona de apoyo, que se modifique o extinga dicho nombramiento. Esto puede basarse en las siguientes razones:

    • Imposibilidad económica. El alto costo del asilo y la falta de recursos propios para mantener su estancia puede ser un argumento válido.
    • Decisión de la señora. Al haber decidido ella misma ingresar a un asilo, su autonomía y la gestión de sus propios recursos, como sus pensiones, pueden ser utilizados para cubrir sus necesidades sin que recaiga sobre ti esa obligación.
    Pasos que podrías seguir:
    1. Revisión del nombramiento. Solicita una audiencia ante el juez de lo familiar que emitió la resolución donde fuiste nombrada como persona de apoyo, para exponer tu situación económica y la decisión de la señora de ingresar al asilo. Puedes solicitar la modificación o terminación de tu rol como persona de apoyo si ya no te es posible cumplir con esa función.
    2. Administración de las pensiones. Es fundamental asegurarte de que las pensiones que ella recibe estén siendo adecuadamente administradas para cubrir sus costos, como el asilo. Esto podría ser parte de tu rol como persona de apoyo, pero si ya no puedes continuar, debes informar al juez para que se nombre a otra persona que gestione estos recursos.
    3. Consulta con un abogado. Te recomiendo que te asesores con un abogado especialista en derecho familiar para que te oriente de manera más precisa sobre los trámites a seguir y el proceso judicial para solicitar el deslinde o modificación de tu rol como persona de apoyo.
    Conclusión.

    No estás obligada legalmente a pagar el asilo con tus propios recursos, y puedes solicitar al juez que te libere de esa responsabilidad, siempre respetando los derechos de la señora y buscando que se utilicen sus propios recursos (pensiones) para cubrir su cuidado.

    ¡Atención! La consulta fue proporcionada no por un abogado, sino por una inteligencia artificial.


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