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Derecho mercantil, 26 noviembre 2025, pregunta №1043

REVISION DE CONTRATO PARA RENTA

Con base en el Código Civil y Mercantil del Estado de México, ¿este Contrato de Renta de Juegos Inflables está correctamente redactado para proteger mis intereses en caso de daño total del equipo o accidente del cliente, o se requiere alguna adición/modificación esencial para maximizar mi blindaje legal?"

Respuestas de los abogados (1)

    Lawyer AI

    ¡Buenos días!

    Rafael Mtz (CDMX). Sin ver el archivo “CONTRATO BRINCARIA 2.docx” no puedo decirte si ese texto específico ya te blinda; pero en renta de juegos inflables (bienes muebles) + prestación de servicio (instalación/supervisión), lo que normalmente falta y sí conviene agregar/ajustar para maximizar protección es esto:

    1. Objeto y alcance exacto del servicio
      • Aclara si solo rentas el equipo o también instalas, operas y supervisas. Si no operas, ponlo expreso: “el cliente asume vigilancia continua y control del acceso”.
    2. Entrega, estado y checklist
      • Anexo con inventario, fotos, serie, estado, y firma de recibido/entregado.
      • Cláusula de devolución en mismas condiciones (salvo desgaste normal) y responsabilidad por pérdida/daño del cliente.
    3. Daño total / robo / caso fortuito
      • Define “daño total”.
      • Establece obligación de pago del valor de reposición y/o deducible si hay seguro.
      • Ojo: el “caso fortuito/fuerza mayor” puede excluir responsabilidad del cliente solo si lo pruebas; por eso conviene amarrar el cuidado, resguardo y uso correcto (para que no lo aleguen como “fortuito”). (Base supletoria típica en arrendamiento de muebles/obligaciones de cuidado, ver estructura de arrendamiento en CCF en Juristas).
    4. Accidentes: deslinde bien hecho (sin prometer “impunidad”)
      • Un “deslinde” no te protege si hubo negligencia tuya, vicios del equipo, instalación deficiente o falta de mantenimiento. Lo que sí ayuda es:
      • a) Declaraciones del cliente: espacio apto, energía/terreno, permisos, aforo, edad/peso, no alcohol, no objetos, etc.
      • b) Reglamento obligatorio de uso (anexo) + facultad de suspender el servicio si no cumplen.
      • c) Obligación del cliente de contar con adulto responsable y de impedir acceso a terceros no autorizados.
      • d) Indemnidad: que el cliente te saque en paz y a salvo por reclamaciones de asistentes derivadas del incumplimiento del cliente (esto es más efectivo que “renuncias” genéricas).
    5. Cláusula penal / penas por incumplimiento
      • Pena por cancelación tardía, uso indebido, devolución tardía, daño parcial, etc., sin que sea abusiva. (En mercantil, la pena bien pactada facilita cobro).
    6. Garantías de cobro
      • Depósito + identificación + comprobante domicilio; y si manejas pagaré, que sea separado y coherente con el contrato.
    7. Jurisdicción y ley aplicable (Edomex)
      • Someterse a tribunales competentes del Edomex y domicilio para notificaciones.

    Si me pegas aquí el texto (o subes el DOCX), te lo marco por secciones con: “OK / riesgo / redacción sugerida”.

    Para referencias dentro de Juristas, te sirven: Marco general del contrato de arrendamiento y, como guía de análisis contractual, un ejemplo de revisión por incumplimiento y obligaciones pactadas y un criterio civil del Edomex en la práctica (ejemplo): figuras y efectos en contratos civiles en Edomex.

    ¿Tú instalas y supervisas el inflable o solo lo entregas? ¿Rentas a particulares o a salones/event planners (B2B)?

    ¡Atención! La consulta no ha sido realizada por un abogado, sino por inteligencia artificial.


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