ARTICULO 31.- Servicio de Internos. Pasantes de Medicina y Practicantes. Los internos son los médicos recién graduados que la Dirección de Sanidad Militar comisiona en el Hospital Central Militar por el término de un año; éstos serán distribuidos por el Director del establecimiento, de acuerdo con su número, en los distintos Servicios Técnicos. Vivirán en el establecimiento y saldrán por mitades cada ocho días de las doce horas del sábado a las nueve horas del lunes siguiente. Los internos rolarán cada dos meses en los diferentes edificios.
El Director del Hospital distribuirá a los Pasantes de Medicina en los Consultorios Externos, les hará rolar cada dos meses y a los Practicantes los distribuirá en los Servicios Generales de Asilados conforme a las necesidades; también los Practicantes rolarán cada dos meses en los diferentes Servicios.
Además de los internos, habrá dos médicos de guardia en el establecimiento y dos de imaginaria, que serán designados en un rol mensual, por el Director del establecimiento, quien enviará copia de él a la Guarnición de la Plaza cinco días antes del principio del mes correspondiente.
Estructura Reglamento del Hospital Central Militar