Artículo 21. De la Compilación de los pronunciamientos. El Secretario Técnico llevará a cabo la compilación y sistematización del conjunto de pronunciamientos de la Comisión, a efecto de que sirvan de precedentes para la Comisión. No deberán constar datos en demérito de personas específicas.
ARTICULOS TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Pleno Jurisdiccional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
SEGUNDO.- Se ordena la publicación del presente Reglamento en el Diario Oficial de la Federación, lo cual atiende a que si bien los principios, reglas y virtudes éticos contenidos en el Código de Etica del Tribunal y desarrollados en este Reglamento, son de naturaleza endógena y sólo pueden destinarse a los servidores públicos del Tribunal, también es cierto que el citado Código así como el presente Reglamento, aspiran a ser referentes de naturaleza exógena, es decir propiciar la reflexión entre justiciables, litigantes y todo aquel que intervenga en juicio.
TERCERO.- Se ordena la publicación del presente Reglamento en la página web de este Tribunal.
Así lo aprobó el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de veinticuatro de enero de dos mil trece, por unanimidad de diez votos a favor. Firman el Magistrado Juan Manuel Jiménez Illescas, Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y la Licenciada Thelma Semíramis Calva García, Secretaria General de Acuerdos, quien da fe.- Rúbricas.
(R.- 361934)
Estructura Reglamento de la Comisión de Ética del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa