Artículo 16.- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnará, a más tardar en dos días, contados a partir de su recepción, la Cuenta Pública a la Comisión. Esta Comisión tendrá el mismo plazo para turnarla a la Auditoría Superior de la Federación.
Estructura Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación