Artículo 14. Las modalidades en el Sistema Educativo son:
I. Escolarizada: Es la modalidad de educación formal, la cual implica la presencia física del Discente en todas las actividades programadas, bajo la conducción de un Docente.
II. No escolarizada: Modalidad de educación formal la cual puede ser abierta, a distancia y virtual, y
III. Mixta: Es la educación del tipo formal, la cual se desarrolla bajo la combinación de las modalidades anteriormente descritas.
Estructura Ley de Educación Naval