ARTICULO 24.- La Junta de Coordinación Fiscal se integra por los representantes que designe la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y los titulares de los órganos hacendarios de las ocho entidades que forman la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales.
(ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, D.O.F. 29 DE DICIEMBRE DE 1997)
Estructura Ley de Coordinación Fiscal