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  • Ley General de Bibliotecas
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Ley General de Bibliotecas
Capitulo X

CAPITULO X

Artículo 33. Se declara de interés público la recopilación, integración,...

Artículo 34. Las obras a que se refiere el artículo...

Artículo 35. No serán objeto de Depósito Legal las publicaciones...

Artículo 36. Son Instituciones Depositarias reconocidas por esta Ley: I....

Artículo 37. Todos los editores y productores de los materiales...

Artículo 38. Cada uno de los repositorios del Depósito Legal,...

Artículo 39. Los materiales a que se refiere el artículo...

Artículo 40. Las instituciones receptoras del Depósito Legal deberán: I....

Artículo 41. En el caso de materiales distintos de los...

Artículo 42. El Instituto Nacional del Derecho de Autor de...

Artículo 43. Los editores y productores del país que no...

Artículo 44. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público hará...

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