TÍTULO QUINTO
ARTICULO 98.- Para los efectos del presente Reglamento, se considera...
ARTICULO 99.- En toda institución de salud en donde se...
ARTICULO 100.- Las funciones generales de los Comités a que...
ARTICULO 101.- Los titulares de las instituciones de salud registrarán...
ARTICULO 102.- El titular de la institución de salud, con...
ARTICULO 103.- Los Comités de Investigación y de Bioseguridad se...
ARTICULO 104.- Los Comités de Ética en Investigación se integrarán...
ARTICULO 105.- Para constituir el Comité de Bioseguridad se incluirán...
ARTICULO 106.- Para constituir el Comité de Investigación se dará...
ARTICULO 107.- Cuando dentro de la institución no se logre...
ARTICULO 108.- Los miembros de los Comités permanecerán en funciones...
ARTICULO 109.- El Comité de Ética en Investigación evaluará y...
ARTICULO 110.- El Comité de Bioseguridad emitirá la opinión técnica...
ARTICULO 111.- El Comité de Investigación evaluará la calidad técnica...
ARTICULO 112.- Los Comités a que se refiere este Capítulo...