ARTÍCULO 51.- El alumno que por cualquier motivo vaya a ser dado de baja del curso respectivo, se le comunicará previamente por escrito esta circunstancia, haciéndole saber las razones y fundamentos legales, concediéndole un término de quince días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificado, a efecto de que manifieste ante el Director del plantel, lo que a sus intereses convenga sobre el particular.
Structure Reglamento de la Escuela Militar de Capacitación de Tropas del Servicio de Ingenieros
Título primero disposiciones generales
Capítulo II de la subdirección
Capítulo III del cuerpo de alumnos
Capítulo IV de la ayudantía general
Capítulo V de la sección pedagógica
Capítulo VI de la sección académica
Capítulo VII de la sección administrativa
Capítulo VIII de la junta técnica consultiva
Título quinto de la admisión y del proceso
Capítulo II del proceso enseñanza-aprendizaje
Título sexto de las faltas, bajas y reingresos
Capítulo I de las faltas de asistencia académica
Capítulo II de las bajas y reingresos
Título séptimo de los reconocimientos académicos, premios y