ARTÍCULO 30.- Son profesores los militares o civiles que tienen a su cargo con carácter titular o de adjunto, labores permanentes de enseñanza o transmisión de conocimientos, previa acreditación del título profesional que avale el dominio de la o las asignaturas por impartir.
Structure Reglamento de la Escuela Militar de Capacitación de Tropas del Servicio de Ingenieros
Título primero disposiciones generales
Capítulo II de la subdirección
Capítulo III del cuerpo de alumnos
Capítulo IV de la ayudantía general
Capítulo V de la sección pedagógica
Capítulo VI de la sección académica
Capítulo VII de la sección administrativa
Capítulo VIII de la junta técnica consultiva
Título quinto de la admisión y del proceso
Capítulo II del proceso enseñanza-aprendizaje
Título sexto de las faltas, bajas y reingresos
Capítulo I de las faltas de asistencia académica
Capítulo II de las bajas y reingresos
Título séptimo de los reconocimientos académicos, premios y